Adopción

Sobre La Adopción

  • Crea una relación de padre e hijo donde no existía anteriormente;
  • Otorga al niño adoptado derechos legales específicos al igual que los de un hijo biológico;
  • Hace que la relación entre los padres y el niño sea exactamente igual que si el niño fuera el hijo natural de los padres adoptivos;
  • Es diferente de la CUSTODIA porque la adopción es permanente y la custodia puede ser temporal;
  • Es un proceso complejo, y siempre tendrá que consultar a un abogado si está considerando adoptar a un niño.

Guardián Ad Litem

  • La ley requiere que se designe un guardián ad litem (GAL) para que represente al niño en una acción de adopción.
  • El costo del GAL dependerá de su tarifa por hora y de la cantidad de horas que dediquen al caso.

Consentimiento Para La Adopción

La ley de Carolina del Sur es muy específica sobre la forma de consentimiento: un abogado, un juez o una persona certificada por el Departamento de Servicios Sociales de Carolina del Sur debe estar presente cuando el padre o el niño firman el formulario de consentimiento.

  • Consentimiento de los padres: para adoptar a un niño, los padres del niño deben dar su consentimiento a la adopción. Una vez que uno de los padres ha firmado un consentimiento para la adopción, no puede ser retirado excepto por orden judicial.
  • Falta de consentimiento: si no hay consentimiento de los padres, el Tribunal de Familia debe de poner fin a los derechos parentales de los padres biológicos.
  • Consentimiento del niño: si el niño es mayor de 14 años, debe dar su consentimiento para la adopción.

Notificación

Cualquier padre que no consienta en la adopción debe ser notificado de los procedimientos; si nadie sabe dónde se encuentra uno de los padres, habrá que notificarlo mediante una publicación en el periódico.

Investigación De Adopción

  • Cuando una persona adopta a un niño y no están relacionados por sangre o matrimonio, una investigación del hogar debe ser realizada por un investigador de adopción certificado.
  • Si la persona que desea adoptar es pariente del niño, el juez puede dispensar con la investigación.

Cambio De Nombre

  • El juez puede cambiar el nombre del niño cuando se concede la adopción.
  • Se emitirá una nueva acta de nacimiento en la que aparecerán los padres adoptivos como padres del niño y se le dará al niño el nuevo nombre.

Apelaciones

La adopción puede ser apelada, pero solo bajo circunstancias limitadas. Debe consultar con un abogado inmediatamente después de enterarse de que el Tribunal de Familia ha ordenado una adopción.

Misión

South Carolina Legal Services brinda servicios legales civiles para proteger a los residentes de bajos ingresos.

Visión

Garantizar el acceso pleno y justo a la justicia para todos los habitantes de bajos ingresos de Carolina del Sur.

Contáctenos

1-888-346-5592
Solicite en línea
www.sclegal.org
www.lawhelp.org/sc

Descargar PDF